El precio de transferencia es la suma monetaria que pactan dos empresas para transferir, entre ellas, bienes, servicios o derechos. Este precio es relevante, en el ámbito tributario, cuando las entidades que pactan el precio tienen vínculos de propiedad o de administración entre sí, (entidades “relacionadas”) lo que podría facilitar que la fijación del precio no se realice en las mismas condiciones que hubiesen sido utilizadas por entidades que no mantengan estos vínculos (“terceros” o “independientes”) (Aviso referencias|Precios de transferencia)
Como lo exige la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el marco legal impositivo de Panamá, deben cumplirse las Directrices emitidas, que obligan a las empresas y entidades nacionales que intercambian negocios con empresas y/o terceros relacionadas, a preparar informes económicos que revelen las aplicación de estas Directrices. Nosotros en ACSP PANAMA ponemos a disposición de nuestros clientes, los profesionales y herramientas para llevar a cabo los estudios económicos pertinentes.